viernes, 25 de septiembre de 2015

Aportes doctrinal del derecho constitucional dominicano

A la luz de la Constitución del 26 de enero de 2010, la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, en materia constitucional, las Decisiones del Tribunal Constitucional, los principios del Derecho Internacional y opiniones doctrinales, pretendemos examinar, de manera general y breve, la relación entre la Constitución y los tratados internacionales. Ante todo debe consignarse, que he manifestado en otras oportunidades “El artículo 26 de la Constitución de la República, señala que la República Dominicana es un Estado miembro de la comunidad internacional abierto a la cooperación y apegado a las normas del derecho internacional. Naturalmente, en este campo muchos aportes serán realizados por la doctrina y jurisprudencia constitucionales.

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