Cheques para Abono en Cuenta: insertando la cláusula “para abono en cuenta” produce la consecuencia de que no puede ser cobrado en efectivo, sino que deberá ser abonado en la cuenta del portador.
Cheques certificado: el librado exige al librador que lo certifique haciendo constar que tiene en su poder fondos suficientes para cubrir el cheque.
Cheque de Caja: es un cheque expedido por una institución de crédito a sus propias dependencias. Representa una garantía y no suele tener fecha de caducidad.
Cheque de Viajero: son los expedidos por instituciones de crédito a su propio cargo y son pagaderos por otro de sus establecimientos dentro del país o en el extranjero. Se suelen llamar “traveller’s check”, conforme a su forma en inglés.
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